Las Visas Temporales son utilizadas por aquellos extranjeros que ingresan al país, con ánimo de residir en él de manera temporal, mientras duren las actividades que motivaron su visita a Panamá. Las visas temporales son otorgadas por un período de un año, prorrogable por períodos de cinco (5) a diez (10) a diez años, dependiendo del tipo de visa temporal que se hubiese obtenido. Vencido el término de la visa el extranjero tendrá dos opciones: a) abandonar el país, b) solicitar un cambio de status migratorio.
QUIENES SON ELEGIBLES PARA ESTE TIPO DE VISAS?:
Aquellos extranjeros que ingresen al país por motivos o actividades temporales y que no tienen el interés o el propósito de abandonar su país de origen.
DEPENDIENTES:
Ciertas visas temporales, le conceden al poseedor de la misma, la posibilidad de incluir bajo el amparo de su visa a sus dependientes. Para ello se deberá cumplir con una serie de requisitos. La visa en calidad de dependiente tendrá la misma vigencia y estará sujeta a las mismas prórrogas que se dan a la visa temporal.
LIMITACIONES:
Las Visas Temporales no conceden al extranjero la residencia permanente en el país, no le da derecho a cédula de identidad personal, ni derecho a la naturalización.
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